Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro
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Registro integrado por personas jurídicas que se constituyen por la voluntad de asociación o creación de una o más personas (naturales o jurídicas) para realizar actividades en beneficio de asociados, terceras personas o comunidad en general. Las ESAL no persiguen el reparto de utilidades entre sus miembros.
Para la acreditación de cualquier organización o entidad sin animo de lucro, debe manifestarse expresamente la voluntad para ejercer el Derecho de Asociación, bajo una de las siguientes figuras jurídicas:
- Asociaciones
- Fundaciones
- Corporaciones
CONSTITUCIÓN ESAL
Las entidades sin ánimo de lucro conforme al articulo 40 del Decreto 2150 de 1995, se constituirán por los siguientes medios:
Acta de constitución:
Elabore el acta de la asamblea preliminar de constitución, donde se aprueban los estatutos y se hacen los nombramientos de órganos de administración y vigilancia (representante legal, junta directiva, consejo de administración, etc.). Esta acta firmada por las personas que actuaron como presidente y secretario de la reunión debe ser reconocida ante juez o notario, o ante el funcionario autorizado por la Cámara de Comercio, por el presidente o secretario de la reunión.
Documento privado:
Cuando se constituye por documento privado, todos los asociados o fundadores deben firmar el documento de constitución. Este deber ser reconocido ante funcionario autorizado por la Cámara de Comercio, o juez, o notario, por todas las personas que firmen como asociados o fundadores
Escritura pública:
Documento que se elabora y se protocoliza en una notaría con las exigencias de la Ley.
Cuando se constituye por escritura pública, todos los asociados o fundadores deben comparecer a la notaria en forma personal o mediante apoderado.
Pasos para realizar la constitución
- Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
- Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
- Allegar copia del documento de constitución con todos los requisitos formales que la Ley determina.
- Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
- Diligenciamiento de formularios (RUES), que deberán ser suscritos por el representante legal.
- Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.
INSCRIPCIÓN DE ACTOS Y DOCUMENTOS ESAL
Modificaciones que se incluyen a los estatutos de la persona jurídica, de forma parcial o total, y que son soportadas bajo inscripción en el registro de la Cámara de Comercio.
Servicios
- Nombramientos
- Reformas Estatutarias
- Liquidación y Cierre
- Resoluciones
Pasos para realizar la inscripción
- Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
- Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
- Allegar copia del acta con todos los requisitos formales que la Ley determina, y escritura pública cuando la persona jurídica se ha constituido por este instrumento.
- Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
- Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigentes.
RENOVACIÓN REGISTRO ESAL
Pasos para realizar la renovación del registro de ESAL
- En caso de que sea necesario soportar datos de la información financiera, presentar copia de los estados financieros con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. Lo anterior de conformidad con el artículo 36 del Código de Comercio.
- Actualizar los datos en el formulario RUES, como dirección, teléfono, correo electrónico, actividad económica y antes de efectuar la renovación verificar el correcto diligenciamiento del formulario.
- En el evento que, al momento de la renovación, se modifiquen los datos de ubicación del empresario o del establecimiento de comercio o de la actividad económica con actividades de alto impacto que involucren venta y consumo de bebidas alcohólicas, o servicios sexuales que trata el artículo 85 del Código de Policía, se requerirá aportar certificación de uso de suelo expedido por la oficina de planeación municipal.
- Si la matricula se encuentra inactiva por no haber sido renovada en los últimos 3 años, la renovación debe hacerla personalmente el representante legal o algún miembro vinculado a la persona jurídica.
- Se cancelará en caja los derechos de renovación de acuerdo a las tarifas vigentes.
Pasos para realizar la inscripción
- Asesoría y revisión documental previa por parte del profesional de Cámara de Comercio. Las asesorías solicitadas de manera virtual, podrán realizarse a través de los correos institucionales: coordinacioncae@ccduitama.org.co y registrospublicos@ccduitama.org.co.
- Para el registro, presentarse personalmente con original del documento de identidad.
- Allegar copia del acta con todos los requisitos formales que la Ley determina, y escritura pública cuando la persona jurídica se ha constituido por este instrumento.
- Se realizará la validación de la identidad de la persona que realiza el trámite a través del sistema de control biométrico o de la página de la registraduría nacional del estado civil; para el caso de personas extrajeras, se realizará la validación a través de la página de migración Colombia.
- Se cancelará en caja los derechos de inscripción de acuerdo a las tarifas vigente
MUTACIÓN REGISTRO MERCANTIL
Una vez en firme la inscripción del cambio del domicilio del proponente, la Cámara de Comercio de origen, sin costo alguno para el proponente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, enviará a través del RUES a la Cámara del Comercio del nuevo domicilio, todos los documentos del expediente del proponente.
La Cámara de Comercio del nuevo domicilio, deberá hacer la actualización por traslado de domicilio en el RUP, sin costo alguno para el proponente, conservándose la firmeza del registro trasladado.
En el evento en que el proponente no esté inscrito en los registros a cargo de las Cámaras de Comercio, si cambia su domicilio, deberá solicitar la actualización del RUP por traslado de domicilio.
REGISTRO DE LIBROS
El trámite lo adelanta el proponente que no desea continuar inscrito en el registro. Para este trámite no se genera costo alguno para el proponente.