Registro Único de Proponentes
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Registro en el cual se inscriben las personas naturales, jurídicas, extranjeras con domicilio en Colombia que pretendan licitar con entidades estatales para ejecutar obras, suministrar bienes, prestar servicios, salvo las excepciones que señala la Ley.
INSCRIPCIÓN RUP
Trámite efectuado por:
- Personas naturales, jurídicas, nacionales y extranjeras con domicilio en Colombia interesadas en participar en los procesos de contratación de Entidades estatales.
- Personas naturales, jurídicas, nacionales y extranjeras con domicilio en Colombia, que no efectuaron el proceso de renovación en el término establecido (05 día hábil del mes de abril) y el registro ceso efectos jurídicos y desean inscribirse nuevamente en el RUP.
- Personas naturales, jurídicas, nacionales y extranjeras con domicilio en Colombia, que voluntariamente tramitaron la cancelación del registro y desean inscribirse nuevamente en el RUP.
RENOVACIÓN RUP
La renovación es el momento propicio para que el proponente reporte a la Cámara de Comercio los contratos ejecutados, así como la información referente a su capacidad financiera y organizacional, esto con el fin de actualizar los indicadores respectivos.
De conformidad con el numeral 2.2.1.1.1.5.1 del Decreto 1082 de 2015 los proponentes deben presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto (5) día hábil del mes de abril de cada año, so pena de cesar los efectos del RUP.
ACTUALIZACIÓN RUP
Momento oportuno para que el proponente actualice la información relativa a su experiencia y capacidad jurídica, para lo cual es necesario que el proponente tenga su inscripción vigente.
Es necesario tener presente que, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.2.2.5 de la Circular No. 002 de 2016 emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio, la información financiera no puede ser actualizada, ya que el momento propicio para reportarla es la inscripción y renovación del RUP.
ACTUALIZACIÓN POR TRASLADO DE DOMICILIO
Una vez en firme la inscripción del cambio del domicilio del proponente, la Cámara de Comercio de origen, sin costo alguno para el proponente, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, enviará a través del RUES a la Cámara del Comercio del nuevo domicilio, todos los documentos del expediente del proponente.
La Cámara de Comercio del nuevo domicilio, deberá hacer la actualización por traslado de domicilio en el RUP, sin costo alguno para el proponente, conservándose la firmeza del registro trasladado.
En el evento en que el proponente no esté inscrito en los registros a cargo de las Cámaras de Comercio, si cambia su domicilio, deberá solicitar la actualización del RUP por traslado de domicilio.
CANCELACIÓN RUP
El trámite lo adelanta el proponente que no desea continuar inscrito en el registro. Para este trámite no se genera costo alguno para el proponente.